viernes, 8 de agosto de 2008

Un Paso hacia atras de la Justicia

La Justicia prohibió en Córdoba la distribución de la pastilla del día después

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Un fallo consideró que el fármaco se encuadra entre los métodos anticonceptivos "abortivos". El abogado demandante pidió que la píldora sea considerada ilegal.


La Justicia de Córdoba prohibió a la Provincia continuar con la distribución de la "píldora del día después" en hospitales y centros de salud del distrito.

Fuentes judiciales confirmaron hoy que la decisión fue adoptada por la Cámara en lo Civil y Comercial de 1 Nominación de la provincia, en un fallo dividido.
La píldora es empleada como método anticonceptivo y su entrega se realiza por medio de campañas oficiales de procreación responsable, a cargo de la provincia y los municipios cordobeses.
Sin embargo, el tribunal ordenó a la Provincia que "se abstenga de prescribir a través de sus profesionales médicos, métodos anticonceptivos abortivos como el consistente en la ingesta del medicamento que contiene la droga denominada Levonorgestrel, conocido como píldora del día después".
Los jueces entienden en la resolución que ese anticonceptivo es abortivo por "impedir la anidación del huevo en el útero materno".
En 2002, el ministerio de Salud de la Nación dispuso la entrega gratuita de recursos anticonceptivos, entre ellos, la "píldora del día después", en el marco del Programa Nacional de Salud Sexual y Reproductiva.
El carácter abortivo de ese anticonceptivo genera controversia entre profesionales de la salud e inclusive en la misma Justicia, que en distintas provincias falló de diverso modo ante reclamo de particulares o representantes eclesiásticos que se oponen a su distribución.
A principios de julio, un juez de Rosario desestimó que la "píldora del día después" pueda ser considerada abortiva y rechazó un pedido de inconstitucionalidad contra un programa municipal de salud reproductiva.
El abogado demandante destacó en su presentación que el fármaco debería ser declarada ilegal a raíz de un fallo de marzo de 2002 de la Corte Suprema de la Nación, en el que estableció su prohibición de comercialización, por considerarla abortiva.

El demandante recordó que el argumento también contaba con el aval de la Iglesia.
Pero el magistrado rechazó el reclamo judicial por entender que los fundamentos de la Corte se encuentran desactualizados porque "nuevos estudios científicos establecieron que la píldora no es abortiva, sino que impide la concepción".

http://www.infobae.com/contenidos/396392-100884-0-La-Justicia-prohibió-Córdoba-la-distribución-la-pastilla-del-día-después

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