martes, 7 de diciembre de 2010

Finalmente se promulgó la nueva Ley de Salud Mental.

Salud men

Un gran avance, fundamentalmente implica la desmanicomialización , la no construcción de nuevos manicomios, el respeto a los derechos humanos y a la inclusión y no la exclusión, trabajando con este tipo de pacientes en ámbitos más amigables,naturales, sin esconder “la tierrita bajo la alfombra”.Un gran acierto luego de una larga lucha.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Descargar texto completo de la Ley nacional de salud mental

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viernes, 3 de diciembre de 2010

¡ FELIZ DÍA COLEGAS DOLORENSES!

feliz dia

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domingo, 31 de octubre de 2010

Premio a un médico dolorense

El Dr Humito Letché recibió el primer premio en un concurso fotográfico realizado por la Sociedad Argentina de Radiología “El invierno en mi ciudad” por lo que lo felicitamos, como no podría ser de otra manera, por su gran manejo de las imágenes.

esperando el tren

                                                                                                                                     Esperando el tren.

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jueves, 21 de octubre de 2010

Chau sibutramina!

LA ANMAT SUSPENDE COMERCIALIZACIÓN DE MEDICAMENTOS QUE CONTIENEN SIBUTRAMINA

ANMAT

La ANMAT ha suspendido la comercialización y uso de todas las especialidades medicinales que contengan en su formulación la droga sibutramina, un fármaco inhibidor de la recaptación de serotonina y noradrenalina utilizado para el tratamiento de la obesidad.
Como consecuencia de los reportes recibidos de eventos cardiovasculares, fundamentalmente aumento de la presión arterial y de la frecuencia cardíaca, la sibutramina fue objeto de revisión por parte de distintas agencias regulatorias de medicamentos a nivel mundial.
En el mes de septiembre próximo pasado, la revista New England Journal of Medicine publicó los resultados del estudio de seguridad (SCOUT), realizado en una población de pacientes con sobrepeso u obesidad con antecedentes de enfermedad cardiovascular preexistente y/o diabetes mellitus tipo II. Este estudio demostró, en el grupo que recibió sibutramina, un aumento del 16% del riesgo de eventos serios cardiovasculares (incluyendo infarto de miocardio no fatal, accidente cerebrovascular no fatal, reanimación después de episodios de paro cardíaco y muerte) en comparación con el que recibió placebo.
En base a los resultados parciales de este estudio la agencia europea de medicamentos (EMA) decidió suspender, en el mes de enero de 2010, la comercialización de sibutramina en ese continente. Con posterioridad, el 8 de octubre de 2010, la FDA anunció el retiro del mercado de la droga, debido al riesgo aumentado de infarto de miocardio y accidente cerebrovascular.
En concordancia con las publicaciones de las agencias regulatorias internacionales citadas anteriormente, y basándose en la evaluación
de los datos disponibles, la ANMAT ha concluido que los beneficios que aporta la sibutramina para la reducción en el peso corporal no justifican los riesgos cardiovasculares potenciales que se han reportado como consecuencia de su uso.
Por todo lo expuesto, la ANMAT recomienda a los profesionales de la salud que planteen otras opciones terapéuticas para los pacientes en tratamiento con sibutramina.

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domingo, 17 de octubre de 2010

Acá también nos agreden…

Hoy salió publicado en el Diario Clarín esta noticia sobre Capital y conurbano.Como todos sabemos acá también sucede cada vez más frecuentemente.

golpeado

Dos de cada diez médicos sufren agresiones de pacientes o familiares

17/10/10 Sólo durante este año, 100 profesionales recibieron insultos, amenazas y golpes.

PorVALERIA ROMÁN

Si lo que quiere es una profesión para ganar dinero, seguramente hay otras mucho más rentables. Si busca una profesión de prestigio social, esta razón tiene más pasado que futuro, ya no corre más. Ahora, si desea una profesión que le pueda dar la satisfacción de ayudar al otro y de recibir una sonrisa ( ...) habrá encontrado un porqué elegir esta profesión”, escribió el reconocido infectólogo Pedro Cahn, en el libro ¿Por qué ser médico hoy? La realidad de hoy en la Argentina desalienta aún más las vocaciones: los médicos están siendo más insultados, amenazados, empujados y golpeados físicamente.

Dos de cada 10 médicos que hacen guardias en los 33 hospitales porteños afirman que recibieron algún tipo de golpe por parte de pacientes o de familiares, según una encuesta realizada el año pasado a 271 profesionales y difundida por el boletín científico de la Asociación de Médicos Municipales de la Ciudad de Buenos Aires. En 2010 “ya se han producido 100 agresiones a los profesionales, incluyendo insultos, amenazas, y golpes. Las físicas son cada vez más notorias”, dijo a Clarín Jorge Gilardi, presidente de la entidad.

El sábado 9, el problema se agravó: un médico del Hospital Durand fue golpeado con un fierro y sufrió el quiebre de una vértebra cervical (Ver “Viví el...”). Por la acumulación de situaciones, los médicos harán un paro de dos horas, entre las 10 y las 12, el martes próximo para reclamar por la protección de sus propias vidas. Se llevarán a cabo asambleas en cada hospital, y exigirán al titular del gobierno porteño, Mauricio Macri que disponga de más vigilancia en guardias y ambulancias. En abril pasado también habían parado por el mismo motivo.

“Necesitamos que se cuide a los que cuidan” , enfatizó Gilardi.

El problema no se da sólo en Capital. Desde la Federación Médica Argentina, el vicepresidente Ignacio Berrios confirmó que “los casos de maltrato contra los profesionales de la salud se cuentan por decenas cada mes en todo el país.

En algunos barrios ya casi no van las ambulancias por el temor a que los médicos sean agredidos ”.

En el Conurbano, advirtió Hugo Amor, presidente de la Asociación Sindical de Profesionales de la Salud bonaerense, “hay casos frecuentes de punteros políticos que van a los centros de salud o a los hospitales, y exigen atención inmediata. De lo contrario, amenazan. Otros disparadores son la falta de cama y de personal. No se soluciona sólo con más policías”.

En 2005, el problema ya había salido a la luz a través de una encuesta del portal Intramed a 30.100 profesionales de la Argentina, y otros países latinoamericanos. Señaló que los médicos locales tenían un 20% de exceso de riesgo de recibir agresiones en comparación con sus colegas de las otras naciones.

Lamentablemente, la violencia hacia los médicos es más frecuente hoy.

También se produce en clínicas y sanatorios privados, según Héctor Garín, de la Asociación de Médicos de la Actividad Privada. “Faltan camas, y los médicos son los que ponen la cara de un sistema que no responde expectativas de los pacientes”. Desde el sector público, María Angélica Martín, subdirectora médica del Hospital Fernández de Capital y con estudios sobre el tema, explicó: “Aumentó el consumo de drogas y alcohol. Se dan más casos con trastornos mentales y más situaciones de gente que vive en la calle. Estos factores llevan a situaciones de violencia que se manifiestan en las guardias o cuando se asiste a domicilio. Los insultos o los golpes son sólo síntomas de problemas sociales más profundos”

Link original en clarín

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sábado, 16 de octubre de 2010

Nuestro peor enemigo…

Cigarmarioneta

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miércoles, 13 de octubre de 2010

De memoria…

Pequeño corto realizado por Constantin Pilavios, no tiene una gran base científica pero sí humana…

 

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martes, 12 de octubre de 2010

A rio revuelto…

Abuso de IOMA

Sería importante saber si alguien logró entender cómo se pagó esta última vez; qué fue lo que pagaron y por qué  hicieron así este pago.

El abonar en conjunto  más de 2 montos en un mes, se habrán dado cuenta ,es sumamente perjudicial para los que pagan ganancias , ya que perdieron en esta y otras oportunidades una buena cifra de dinero solo por una antojadiza forma de  pagar que tiene la  entidad que se  encarga de cuidar nuestros intereses.¿Cuál es la explicación? Vaya a saber…

Parece que lo que pagaron fue la última mitad de junio y un porcentaje de julio (vaya a saber cual) y solo de los obligatorios y no de los voluntarios(¿?).Ahora por supuesto que los descuentos fueron los totales,eso sí siempre es inequívoco!

El porcentaje de julio no está claro, al igual que cuánto corresponde a voluntarios en el paquete;  por ende cuando tengamos que controlar cuánto y qué se nos pagó habrá que adivinar. Los errores que aparecen luego, si no te diste cuenta…

En La Plata ya cobraron y están al día (julio y agosto); acá hasta esta hora lo único informado es que mañana podrían pagar algo de “mutuales chicas” .

Hablando de La Plata, desde el 15 de septiembre  se comenzó a cobrar un adicional de 30% por nocturnidad y emergencias para aquellas prácticas realizadas entre las 22 Hs y las 6 Hs o en domingos y feriados. Si señores, como lo leen 30%.   ¿Acá?

¿Por qué estas diferencias? ¿Quién nos discrimina? ¿IOMA o FEMEBA? ¿Cual es la explicación? ¿Por qué no se informa nada?

¡Esta  gran DESINFORMACIÓN no me parece casual!

Si un médico sin gran manejo de la computación puede mantener esta página, una empresa como FEMEBA debería tener una de lujo para tenernos bien bien informados. Analicen que ésta entidad tiene informatizada  la facturación de toda la provincia y no puede tener un canal de comunicación claro con sus “asociados”?…

Entonces, nunca más atinada la frase “A río revuelto ganancia de pescadores” y justamente  los médicos hace rato que no sacamos ni siquiera un dientudito…

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sábado, 4 de septiembre de 2010

The Doctor

Obra de Samuel Luke Fildes (1843-1927).

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martes, 31 de agosto de 2010

Más de los agroquímicos.

Siguiendo con este tema de los agroquímicos, del que se pueden ver otros artículos en la sección cáncer ,me pareció interesante postear la nota que salió hoy en Página 12, para mantener viva nuestra inquietud e insistir con otra de las funciones que tenemos como médicos, PREVENIR , sobre todo estas patologías ambientales devenidas del enriquecimiento de grandes multinacionales y sus negociados con gobiernos corruptos.

calavera

Un límite para las fumigaciones en el campo

Médicos, científicos e investigadores expusieron en Córdoba trabajos académicos que vinculan agroquímicos con cáncer, malformaciones y pérdidas de embarazos. En el documento final pidieron prohibir las fumigaciones aéreas y limitar las terrestres. (Por Darío Aranda)

Desde Córdoba

Biólogos moleculares, genetistas, epidemiólogos y endocrinólogos, entre otras especialidades médicas, expusieron sus trabajos durante dos días en la Universidad Nacional de Córdoba (UNC) y llegaron a una conclusión: “Existe evidencia (científica) que es suficientemente fuerte y consistente para reconocer que la exposición a plaguicidas aumenta el riesgo de afectar la salud humana”. Sucedió en el Encuentro de Médicos de Pueblos Fumigados, la primera vez que una universidad pública convoca a investigadores y académicos para abordar el uso de agroquímicos y el modelo agropecuario actual. Con investigaciones nacionales e internacionales, y con las historias clínicas de pacientes, reconocidos especialistas vincularon los agroquímicos con distintos tipos de cáncer, abortos espontáneos, malformaciones y trastornos de la fertilidad. Recordaron que en la Argentina se utilizan 300 millones de litros de agroquímicos por año y afectan a 12 millones de habitantes. Solicitaron al gobierno nacional que se prohíban las fumigaciones aéreas y se limiten las aspersiones terrestres, y pidieron la aplicación urgente del principio precautorio que figura en la ley: ante la posibilidad de perjuicio ambiental es necesario tomar medidas protectoras. Participaron especialistas de diez provincias y seis universidades nacionales.

Ya lo habían denunciado vecinos, campesinos, ONG, médicos rurales y algunos (pocos) científicos, de manera aislada. Incluso la Justicia comenzó a emitir fallos que reconocieron el peligro de los herbicidas y plaguicidas. Pero, de manera recurrente, empresarios rurales, compañías de semillas y químicos, y funcionarios suelen reclamar “pruebas” científicas. “Durante estos dos días disertaron profesionales de seis universidades públicas nacionales. No tenemos dudas, tenemos evidencia suficiente de lo perjudicial del uso de agrotóxicos”, afirmó al cierre del encuentro, el sábado último, Medardo Avila Vázquez, coordinador del encuentro y docente de la UNC.

El propio decano de la Facultad de Ciencias Médicas de la UNC, Gustavo Irico, abrió el foro el viernes por la mañana. “La universidad debe dar este debate, verificaremos hechos, analizaremos el grado de evidencia. Acá hay expertos en el tema, daremos una discusión que será esclarecedora”, adelantó. Le siguieron casi doce horas de disertaciones (hasta las 21). Y toda la mañana del sábado. Luego del mediodía, y ya con todas las ponencias brindadas, se escribió y consensuó un documento público.

“Equipos de salud, científicos, investigadores y académicos convocados por la UNC nos sentimos en la obligación de decir: es muy importante la agresión a la salud en las poblaciones sometidas a fumigaciones. La situación se agrava día a día (...) en las poblaciones sistemáticamente fumigadas a consecuencia del actual modelo de producción agroindustrial”, afirma el documento, firmado por un centenar de especialistas llegados al Primer Encuentro, avalado formalmente por la Facultad de Ciencias Médicas y coorganizado por dos cátedras (Medicina I y Determinantes sociales de la salud, de Pediatría).

Desde el inicio de las jornadas se remarcó que la universidad llegaba tarde a una problemática que desde hace más de una década es denunciada por poblaciones fumigadas. Se hizo autocrítica y también se explicitaron algunas de las posibles causas a esa ausencia. “Las grandes empresas centralizan y lucran con el 90 por ciento del conocimiento universitario, los ámbitos oficiales de ciencia y técnica abren la puerta al sector privado y limitan a los profesionales que buscan estudiar en beneficio de la sociedad. Es imperioso apoyar y fomentar tesis de maestría y doctorado sobre las consecuencias de los agroquímicos”, reclamó Eduardo Maturano, secretario general de la Asociación de Docentes e Investigadores Universitarios de Córdoba (Adiuc).

El jefe del Laboratorio de Embriología Molecular de la Universidad Nacional del Nordeste (UNNE), Raúl Horacio Lucero, detalló historias clínicas de niños malformados que comenzaron a llegar a su consultorio en 1993. Exhibió radiografías de bebés sin dedos, chicas con brazos sin articulación, datos de fetos muertos, abortos espontáneos. “Todos provenían de parajes con uso masivo de agroquímicos. Todos. Tengo sus nombres, conozco su sufrimiento. ¿Cómo me pueden decir que ‘no hay pruebas’? Que traigan a sus esposas o hijas embarazadas y verán las pruebas irrefutables”, desafió.

Las estadísticas de Lucero muestran una directa relación entre el aumento de uso de agroquímicos en Chaco y casos de malformaciones, siempre en zonas con uso masivo de herbicidas y plaguicidas. En todos analizó la genética de los padres y confirmó que los cromosomas no presentaban problemas. “Sabíamos que los agroquímicos afectaban los genes, pero no teníamos la forma de realizar los estudios. Eso es lo que acaba de confirmar Andrés Carrasco (UBA-Conicet). Lamentablemente el tiempo nos dio la razón, la bomba de tiempo estalló, los afectados son miles y negarlo es criminal”, afirmó.

El pediatra y neonatólogo de Malabrigo (Santa Fe), Rodolfo Páramo, exhibió casos calcados a los del Chaco y resumió: “En toda zona sojera encontrarán los mismo. Es un modelo productivo que destruye la vida”, denunció y detalló la estadística de su pueblo: en un solo año, sobre 220 nacimientos se registraron doce malformaciones, “muy por arriba de la media mundial, de un caso cada 8000 nacidos”. El médico contó que se graduó en la Universidad de Córdoba y recordó una de las primeras lecciones que aprendió: “Si el médico encuentra algo que daña a la salud, es su obligación ética y moral alertar lo que está sucediendo, advertir a las autoridades y a la población. Me lo enseñó la universidad pública de Argentina, no entiendo a los que silencian”. Sobrevino una ovación del auditorio, con gran presencia estudiantil.

Le sucedieron investigaciones, la gran mayoría publicadas en revistas internacionales –como solicitan quienes minimizan las denuncias de los afectados–. La directora de Epidemiología Ambiental del Cáncer de la UNC, María del Pilar Díaz, explicó sus avances de investigación, detalló un monitoreo internacional sobre el tema y dio cuenta de sus dos últimas publicaciones, que vinculan plaguicidas y cáncer. La delegada del Ministerio de Salud en el Chaco, Analía Otaño, detalló que en la última década los casos de cáncer en niños se triplicaron y las malformaciones en recién nacidos aumentaron 400 por ciento. El científico de la UBA y del Conicet Andrés Carrasco (que acaba de publicar en una revista científica internacional su trabajo sobre el efecto del glifosato en embriones anfibios) cerró el encuentro.

Otra decena de especialistas detallaron sus trabajos (de las universidades de Río Cuarto, Litoral, Rosario y UBA). Todos vinculan y alertan sobre los efectos sanitarios de los agroquímicos. Todos poseen trabajos a disposición de colegas y medios de comunicación.

“Es urgente avanzar en las restricciones públicas al uso de los plaguicidas (...) es necesario aplicar el principio precautorio”, reclama el documento de los investigadores, y pide a la Presidenta y al Ministerio de Salud que prohíban las fumigaciones aéreas (“como ya se estableció en la Unión Europea”) y limiten las terrestres. Insta al Congreso a que apruebe leyes, hace un llamado al resto de las universidades nacionales a comprometerse a proteger la salud y el ambiente, e impulsa a analizar críticamente “el actual modelo de producción agroindustrial y transgénico, y buscar sistemas que permitan la integración social y el cuidado ambiental”. Quedó conformada una red de investigadores y acordado un próximo encuentro, en marzo del 2011, en la Universidad Nacional de Rosario.

Link original en Página 12

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domingo, 29 de agosto de 2010

Dejar el cigarro…

Tabacomaitena

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sábado, 14 de agosto de 2010

Aumento de copagos de IOMA.

 

aumento

Desde el próximo 1º de septiembre aumentarán en un promedio del 20 por ciento los bonos de consultas y prácticas médicas del Instituto Obra Médico Asistencial. La noticia fue dada a conocer ayer por el Consejo Consultivo Gremial de la mutual y confirmada más tarde por el IOMA y la Agremiación Médica Platense.

El nuevo esquema de bonos quedará conformado así: el bono A continuará sin cargo para el afiliado; el bono B pasará de 18 a 20 pesos; y el bono C de 25 a 30 pesos, según se detalló oficialmente.

En tanto, los bonos odontológicos que ahora cuestan para el afiliado $8, desde el 1º de septiembre saldrán $10.

Y los bioquímicos para menos de seis prácticas de $10 pasará a valer $12; mientras que para más de seis prácticas de $14 a $17.

Los voceros de IOMA señalaron que "los valores de copago -es lo que abona el afiliado- de algunas prácticas no se tocaban desde hace dos años; y a estos nuevos valores se llegó tras los acuerdos con entidades como la Agremiación Médica Platense; FABA y la Sociedad Odontológica, que reclamaban incrementos en sus prestaciones".

"Los aumentos también tienen que ver con las subas de los salarios de los empleados público, que se trasladan a las prestaciones que paga IOMA a los médicos. La mayoría de las veces, esos incrementos son absorbidos por la obra social con la idea de mantener los valores de copago", agregaron desde el Instituto.

Por su parte, las autoridades de la Agremiación Médica Platense, indicaron que "este incremento forma parte del acuerdo al que se arribó meses atrás, cuando se logró el aumento de honorarios del 16 por ciento -la segunda parte comenzará a cobrarse con lo correspondiente a agosto-. No queríamos quedar otra vez devaluados y con este incremento y el de los bonos estaríamos cerca de lo que pretende el sector".

Por su parte, desde el Consejo Consultivo Gremial de IOMA, espacio que integran todos los gremios de la Provincia, expresaron su "desacuerdo" con respecto al incremento, por considerar que "los sucesivos aumentos de sueldo que percibieron los empleados públicos provinciales produjeron un sustancial incremento en los ingresos del IOMA, suficientes para cubrir la suba otorgada a los prestadores sin modificar los actuales valores de los bonos. Sostenemos firmemente que los afiliados no deben absorber los aumentos a los prestadores mediante los copagos".

El pedido del Consejo Consultivo gremial fue planteado al presidente del IOMA, junto a la necesidad de "profundizar la lucha contra los cobros indebidos y la pronta actualización de los valores de cobertura de los medicamentos ambulatorios, siendo que la última lista data de diciembre de 2006".

LinK original:Agencia Nova

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viernes, 13 de agosto de 2010

Aberraciones jurídicas.

 

Esto salió en Perfil.com hoy, no terminan nunca las sorpresas argentinas.Y encima son los mismos jueces que nos juzgan…

Baleó a su novia, pero le bajaron la pena por un retiro de órganos

El juez sentenció "lesiones" y no "homicidio".

JUST

Un fallo por la muerte de una joven baleada en Mendoza desató una nueva polémica sobre la interpretación que hace la Justicia sobre la ablación de órganos. La Cámara Quinta del Crimen de esa provincia sentenció a sólo tres años de prisión con libertad condicional a un joven que disparó a su novia en la cabeza, por entender que no se trató de un homicidio sino del delito de lesiones gravísimas culposas.

El hecho ocurrió el 13 de marzo 2008, cuando Oscar Ahumada le disparó en la cabeza a su novia Cintia Castillo, de 20 años. La defensa de Ahumada alegó que se trató de un disparo accidental, y que luego asistió a la joven llevándola al Hospital Central de Mendoza. El 15 de marzo los médicos decretaron que la muchacha padecía muerte cerebral en un grado irreversible, por lo que se realizó la ablación autorizada por los padres de Castillo, procedimiento de retiro de órganos que llevó al juez al dilema de no poder definir si el disparo fue la causa final y directa del deceso, informó Diario Uno.

Ante la consulta de Perfil.com, desde el INCUCAI aseguraron que no pueden realizar declaraciones sobre el caso, ya que los fundamentos de la Cámara Quinta de Mendoza todavía no fueron divulgados. Sin embargo, mediante un comunicado, la institución señaló que “considera imprescindible aclarar que un proceso de donación de órganos y/o tejidos se inicia siempre a partir del reconocimiento y el diagnóstico de la muerte”. Y especificó que “para poder establecer el diagnóstico de muerte es prerrequisito fundamental la existencia de una causa documentada de la misma”.

Además, el INCUCAI destacó que “cuando la causa que determina la muerte actúa primariamente sobre el sistema nervioso central, ésta puede ser diagnosticada por criterios neurológicos (que siempre incluyen técnicas instrumentales), aún cuando persista el latido cardíaco. En tales situaciones, la continuidad de la asistencia respiratoria mecánica en un individuo muerto tiene como única finalidad preservar la viabilidad biológica de los órganos pasibles de ser trasplantados”.

Respecto de los casos de ablación cuando la muerte fue violenta, el organismo destacó que “aún existiendo autorización del fallecido o testimonio familiar para la donación, se requiere la autorización de un juez, quien previa intervención del médico forense, deberá dictaminar que los órganos y tejidos ablacionados no afectarán el resultado de la posterior autopsia”.

“La llamada 'muerte encefálica' -agrega el comunicado- es la muerte diagnosticada bajo criterios neurológicos, independientemente de que exista o no donación de órganos”.

El fiscal Fernando Guzzo y la abogada querellante Florencia Díaz Peralta habían pedido una condena de 20 años de prisión para Ahumada. El fiscal ya anticipó que nuevamente presentará un recurso de casación ante la Suprema Corte de Justicia, que en la anterior presentación le dio la razón.

Sucede que Ahumada ya había sido sometido a un juicio donde también había sorteado la condena de asesinato y en cambio recibió una condena por homicidio culposo (accidental). Pero luego, ante la apelación del fiscal, la sentencia fue anulada por la Suprema Corte de Justicia de la provincia. La Corte ordenó entonces realizar este segundo juicio porque observó que la primera condena -3 años por homicidio culposo- no era justa ya que los jueces no tuvieron en cuenta la opinión y el informe del médico forense.

Antes de pedir 20 años de prisión para Ahumada, el fiscal dijo que la muerte de la chica se produjo porque el imputado le disparó a cinco centímetros de la cabeza, tal como confirmó el forense, y que el ángulo de tiro indica que le habría disparado no de forma accidental, informó el diario Los Andes. Además sostuvo que la muerte "la produjo la bala que destruyó la masa encefálica; no la ablación, una práctica médica absolutamente legal".

Por su parte, el abogado defensor de Ahumada, Daniel Romero mostró su satisfacción por la sentencia, y señaló: “Aquí la chica queda conectada al respirador con muerte cerebral y la desconexión fue autorizada por los padres. No hay homicidio culposo”.

LinK original en Perfil.com

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domingo, 25 de julio de 2010

El PAMI afilia a mayores de 70 años sin jubilación ni obra social

 

Deben gestionar previamente en la ANSeS la constancia de CUIL y la certificación que indique que no son beneficiarios de haberes previsionales y acceder así a los servicios de atención médica

 

Las personas mayores de 70 años que no cobran jubilación ni pensión nacional o provincial, y tampoco tienen obra social, pueden afiliarse al PAMI y acceder así a los servicios de atención médica.
Deben gestionar previamente en la ANSeS la constancia de CUIL y la certificación que indique que no son beneficiarios de haberes previsionales.
Esta documentación tienen que presentarla en el PAMI más cercano a su domicilio, donde se les efectuará la afiliación.
Los interesados deben ir con el documento de identidad donde figure el domicilio actualizado.
Para ampliar la información o efectuar otro tipo de consulta, pueden pueden comunicarse con el servicio Pami Escucha: 138 ó al 0800-222-7264, que atiende todos los días las 24 horas.

 

Nota original en el Diario El Día de La Plata

Muy interesante… Ahora como va a bancar esto el PAMI en la situación que está?

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jueves, 22 de julio de 2010

Más terapia para el alma…

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lunes, 19 de julio de 2010

Cómo venimos con las infecciones respiratorias hasta hoy?

A diario estamos tratando enfermedades respiratorias altas y bajas y en muchos casos enfrentamos la disyuntiva de cuándo medicar con antivirales o no.Si bien entre los infectólogos no existe un acuerdo creo que lo lógico es seguir las normas dictadas por el Ministerio de Salud (Por algo hay que regirse y hablar el mismo idioma):Abordaje integral IRA Provincia de Buenos Aires . De todas maneras me pareció interesante mostrar cómo es la epidemiología actual de esta enfermedades.

IRA

Lo siguiente es un “copio y pego” del “ INFORME SEMANAL DE VIGILANCIA DE INFECCIONES RESPIRATORIAS AGUDAS EN ARGENTINA” del 15/07/10  donde se ve cuales son los virus que se encuentran circulando, lo que ayuda un poco más ala toma de decisiones en casos de duda.

Durante el año 2010 la notificación de casos por semana epidemiológica de Enfermedad Tipo Influenza presentó hasta el momento un comportamiento dentro de lo esperado respecto de los últimos 4 años. Los eventos Bronquiolítis y Neumonía muestran en el año 2010 una notificación mayor que igual período del año 2009. En cuanto a Bronquiolítis, se registra un aumento hasta la semana epidemiológica 22 del 2010 respecto a los años precedentes, mientras que en el caso de Neumonía, se registra un aumento en las semanas comprendidas entre las semanas 1 a 21 del 2010 respecto del año 2009.
En concordancia con lo anterior, el virus identificado con mayor frecuencia hasta la semana actual es el Sincicial Respiratorio (VSR) correspondiendo al 87% de los virus respiratorios identificados. Se identificaron casos aislados de virus Influenza A H1N1 pandémico (2009) en provincia de Buenos Aires, Ciudad de Buenos Aires, San Juan, Santa Cruz, Santiago del Estero y Entre Ríos.
En los pacientes menores de 5 años el virus predominante es VSR (89,9%), seguido de Parainfluenza (4,7%).
En los casos notificados entre 5 y 64 años, en el 43% se identificó VSR, mientras que el 29% correspondió a Influenza B y un 2% casos a Influenza Pandémica (H1N1) 2009.
En los mayores de 65 años también el VSR fue el predominante, con un 57,4%, seguido de Parainfluenza (17%). En este grupo de edad fue notificado 1 caso de Influenza Pandémica (H1N1) 2009.

ENFERMEDAD TIPO INFLUENZA
Vigilancia Clínica

En el año 2010 hasta la semana 23 la notificación de Enfermedad Tipo Influenza (ETI) presenta un descenso del número de casos del 18,4% respecto del mismo período acumulado del año 2009. Esto se evidencia tanto a nivel país, como en las cinco regiones que lo componen.
En esta semana, la notificación de este evento disminuyó en un 0,05% respecto de la semana anterior.

BRONQUIOLÍTIS EN < DE 2 AÑOS
Vigilancia Clínica

Los casos acumulados durante las primeras 23 semanas del año (108.869) representan un incremento del 18,6% respecto a igual período del 2009(91.752).  Con respecto a la tendencia, durante las semanas 1 a 22 del año 2010 se registra un número mayor de casos que en las mismas semanas de los 3 años precedentes, descendiendo para ubicarse dentro de rango de notificación de años previos a partir de la semana 23.

NEUMONÍA
Vigilancia Clínica

El año 2010 se inicia con una notificación de casos neumonía superior a años previos; en las primeras 21 semanas se mantiene por encima de lo esperado. A partir de esta semana, los casos notificados descienden para ubicarse dentro del
rango de notificación de años previos. Si comparamos la notificación hasta la SE 23 de este año con el 2009, vemos que todas las regiones, salvo el NOA, presentan  un aumento en la notificación, (entre el 10 y el 28% mayor)

VIGILANCIA LABORATORIAL

Del total de casos en los que se ha confirmado la infección respiratoria por agentes virales, el 87% correspondió a virus sincicial respiratorio, seguido de parainfluenza (5.3%), adenovirus (2,9%). Se notificaron hasta el momento 18 casos (0,16%) de virus influenza A H1N1 pandémico 2009. En todas las semanas epidemiológicas del año ha sido el virus sincicial respiratorio el identificado con mayor frecuencia (a excepción de la SE 7); al elevarse el total de casos positivos debido a la estacionalidad de las infecciones respiratorias agudas virales, ronda el 90% entre las SE 19 y 27.  

Más del 93% de los virus respiratorios identificados por grupo de edad corresponden a pacientes menores de 5 años. En este grupo de edad el virus
Sincicial Respiratorio (89,9% de los casos). Se identificaron 9 casos de virus de
Influenza A H1N1 pandémico en este grupo de edad.

Sigue...

Campaña Nacional de Vacunación para el nuevo Virus de Influenza A H1N1. ARGENTINA 2010
La vacunación es una intervención sanitaria de elevado costo/beneficio, que ha demostrado su impacto en la erradicación de enfermedades como por ejemplo la viruela a nivel mundial, o la erradicación de la circulación del poliovirus salvaje de la poliomielitis y la eliminación de la circulación autóctona del virus del sarampión en la región de las Américas. Los virus de la influenza o gripe, producen fundamentalmente enfermedad respiratoria, con mayor riesgo de hospitalización y muerte en los grupos de alto riesgo. Entre las complicaciones más frecuentes se encuentran: neumonitis, neumonía bacteriana sobreagregada y descompensación de enfermedades crónicas cardiopulmonares.
Para esta segunda temporada de pandemia por Influenza A H1N1, se han producido vacunas a escala mundial contra este virus. El Ministerio de Salud de la Nación comenzó a prever en 2009 cuáles podrían ser los posibles escenarios de riesgo para 2010 y tomando en cuenta las recomendaciones internacionales y locales por parte de las principales sociedades científicas y de investigación, se decidió vacunar prioritariamente a las personas comprendidas en los grupos de riesgo, con el propósito de disminuir las complicaciones y la mortalidad por H1N1 en dichos grupos.
La población objetivo de la campaña comprende a:
-Trabajadores de la salud y personal de laboratorio.
-Embarazadas y personas que conviven con niños menores de 6 meses.
-Todos los niños y niñas de 6 meses a 4 años de edad.
-Niños y adultos de 5 años a 64 años inclusive con condiciones de riesgo asociadas
(diabetes, enfermedades respiratorias graves o crónicas, etc.)
-Adultos a partir de 65 años de edad.
- Personas que conviven con pacientes hemato-oncológicos.
INFORME SEMANAL DE VIGILANCIA DE INFECCIONES RESPIRATORIAS AGUDAS EN ARGENTINA
FECHA INFORME: 15/07/2010
Situación actual del alcance de cobertura de la Campaña de Vacunación contra la
Influenza
Actualmente se encuentran aplicadas 6.489.285 dosis de vacunas pandémicas monovalentes. Se utilizó vacuna monovalente para personas menores de 65 años y vacuna trivalente para los mayores de 65 años.
La cobertura global del país a la fecha, es del 91,5% debiéndose reforzar la aplicación de la vacuna H1N1 monovalente en la población pediátrica y especialmente la 2º dosis en niños menores de 3 años.

 

Espero que ayude.Sanador.

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domingo, 18 de julio de 2010

Proyecto sobre fertilización asistida

fert

El gobernador Daniel Scioli anunció este jueves que ya envió a la Legislatura el proyecto de ley de Fertilización Asistida destinado a garantizar la cobertura de los tratamientos médicos de todas aquellas parejas con dificultades para concebir.

En una conferencia de prensa junto al jefe de Gabinete, Alberto Pérez, y el ministro de Salud, Alejandro Collia, el mandatario explicó que la iniciativa establece que el Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA) incluya dentro de su Programa Médico Obligatorio (PMO) la cobertura integral de los problemas de fertilidad que pudieran presentar sus afiliados. Pero, además, y según indicó el titular de Salud, el objetivo es trabajar, a través de convenios, “no sólo con IOMA sino con el resto de las obras sociales y las medicinas prepagas”.

El proyecto contempla la creación de un Programa Provincial de Diagnóstico y Tratamiento de la Infertilidad para aquellas personas que no tengan obra social. Además, se establecerá un comité de bioética multidisciplinario destinado a evaluar la cantidad de tratamientos que corresponderán a cada caso.

La iniciativa ingresó por la Cámara de Diputados, y Scioli manifestó sus deseos de que, en el tratamiento legislativo, obtenga “el mayor consenso”. Acompañaron al gobernador los diputados Juan De Jesús y Marcelo Feliú, responsables de su elaboración, y Roberto Passo, presidente de la Comisión de Salud.

Para quienes no tengan obra social, el programa se llevará a cabo a través de cuatro centros especializados que estarán ubicados en cuatro hospitales de la Provincia: el “Luis Güemes” de Haedo, el San Martín de La Plata, el “José Penna” de Bahía Blanca y el “Oscar Allende” de Mar del Plata.

Link de Agencia Nova

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lunes, 5 de julio de 2010

La edad…otro video…

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viernes, 2 de julio de 2010

I JORNADA INTERDISCIPLINARIA SOBRE PROBLEMÁTICAS DEL DESARROLLO INFANTIL

Enviado por la Dra Fernanda Morello.

I JORNADA INTERDISCIPLINARIA

SOBRE PROBLEMÁTICAS DEL DESARROLLO INFANTIL

TEMARIO:

Perspectivas actuales de evaluación e intervención en el niño con:

  • Trastornos de conducta
  • Déficit de atención
  • Problemas de lenguaje
  • Déficit en el rendimiento escolar
  • Déficit en la comunicación e interacción
  • Torpeza motora
  • Problemas en la escritura

*Entendiendo al niño en su totalidad: Bases neurofisiológicas del Aprendizaje y la Conducta. Abordajes actuales en dificultades más comunes de la infancia. Lic. Carolina Bellingi

*Indicadores de alteraciones en el desarrollo en el primer año de vida. Lic. En Terapia Ocupacional y Lic. En Kinesiología Viridiana Pistorio

*Aprendizaje e Integración Sensorial. Estrategias Sensoriales para la organización de la conducta. Lic. En Terapia Ocupacional Paula Rodríguez.

*Trastornos en el desarrollo de la comunicación y del lenguaje

Lic. En Fonoaudiología Agustina Richiusa

    Lugar y Fecha: Viernes 16 de Julio 13:00 Hs.

Secretaría de Cultura Mitre y 25 de Mayo

Municipalidad de Dolores

Abierta a Médicos, Terapistas Ocupacionales, Fonoaudiólogos, Psicólogos, Kinesiólogos, Psicopedagogos, Asistentes Sociales, Docentes, estudiantes y público en gral.

Inscripción: jornadas@hotmail.com.ar

Contacto Lic. Adriana Boffelli 02245 15477996

adrianaboffelli@yahoo.com.ar

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martes, 29 de junio de 2010

Procesaron a un director de hospital porteño por no tener anestesista!

Diariamente  están pasando cosas más locas en esta convivencia ya cotidiana de la medicina con la justicia. La siguiente nota de Página 12 es interesante; para leer y analizar …

CONFIRMAN EL PROCESAMIENTO A TRES MEDICOS JEFES DEL SANTOJANNI

Un juicio oral sin anestesia

Un ex director y dos jefes del hospital porteño serán juzgados a raíz de la muerte de un bebé por la falta de anestesistas.

Por Pedro Lipcovich

La muerte del bebé en el hospital Santojanni ocurrió en 2008.

Un ex director del hospital Santojanni irá a juicio oral y público por la muerte, en 2008, de un bebé nonato a cuya madre no se le pudo hacer cesárea porque no había anestesista: “La ausencia de anestesistas en el hospital público impidió completar el equipo quirúrgico, lo que agudizó el cuadro de la paciente y provocó la muerte del niño”, señala el fallo. El procesamiento alcanzará también al jefe de urgencias y a la jefa de anestesia del Santojanni y podría extenderse a funcionarios del Gobierno de la Ciudad. La falta de anestesistas es generalizada en los hospitales porteños, según admitió la Asociación de Médicos Municipales. Ya hace dos años, la Defensoría del Pueblo de la Ciudad había denunciado a la asociación de anestesiólogos por “resistirse a la capacitación de nuevos profesionales”.

La Cámara Nacional en lo Criminal –integrada por Carlos González, Alberto Seijas y Marcelo Lucini– confirmó el procesamiento por homicidio culposo de Alberto Motta –ex director del Hospital Santojanni–, Héctor Di Salvo –jefe del servicio de urgencias de esa institución– y Marta Baldrich –jefa de la división anestesia– a raíz de la muerte, por asfixia intrauterina, de un bebé a punto de nacer. La parturienta se hallaba internada en el Santojanni desde el 8 de febrero de 2008, con siete meses de embarazo, luego de haber sufrido la rotura de bolsa. El 10 de febrero, a las cinco de la mañana, se diagnosticó la necesidad de una operación cesárea urgente. Fue trasladada a la sala de partos, pero no había anestesistas. Un profesional del hospital Tornú fue llevado en una ambulancia del SAME, pero llegó más de una hora después de la muerte fetal por “anoxia o hipoxia fetal intrauterina”.

Los camaristas determinaron que “la ausencia de anestesistas en el hospital público impidió completar el equipo quirúrgico, lo que agudizó el cuadro de la paciente, provocando la muerte del niño”; así lo habían indicado los peritajes efectuados por el Cuerpo Médico Forense. El procesamiento había sido dispuesto por el juez de instrucción Luis Rodríguez, a solicitud del fiscal Sandro Abraldes. La Sala IV ratificó también embargos superiores a 200 mil pesos sobre los bienes de cada uno de los médicos, que irán a juicio oral y público.

“Es obligación directa del director contar con una guardia mínima de tres anestesistas. Si no pudiera cumplimentarlo, debiera abstenerse de desempeñar el cargo –señaló una fuente de la investigación–; es comparable a un conductor de colectivo al que se le planteara conducir sin frenos. Por lo demás, los imputados podrían haber hecho la denuncia penal o haber presentado un amparo para que se proveyera anestesistas.”

La fuente agregó que “es posible que funcionarios del Gobierno de la Ciudad hayan estado a su vez en falta, y es previsible que la fiscalía procure llevarlos al mismo juicio oral y público”.

Por su parte, Jorge Gilardi, titular de la Asociación de Médicos Municipales, destacó que “ni el director del hospital ni los otros médicos son encargados de nombrar profesionales” y sostuvo que “desde hace años venimos reclamando por la falta de anestesistas en hospitales públicos”.

Ya hace dos años, Alicia Pierini, defensora del Pueblo de la Ciudad, había denunciado a la Asociación de Anestesia, Analgesia y Reanimación de Buenos Aires por “atentar contra el derecho a la salud de los porteños”, al “resistirse a la capacitación de nuevos profesionales”.

LinK a la nota

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miércoles, 23 de junio de 2010

Recordar que estamos en facebook.

face

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martes, 15 de junio de 2010

Condena por mala praxis a obstetra…

Este fallo dictado en nuestra ciudad, da para pensar, debatir  y sacar distintas conclusiones.

Un obstetra deberá abonar una indemnización por haber errado el diagnóstico y dar por muerta a una beba recién nacida. También sancionaron al hospital

Un obstetra fue condenado a pagar una indemnización a un matrimonio, por haber errado el diagnóstico y dar por muerta a una beba recién nacida, pese a que aún respiraba.

La Cámara en lo Civil y Comercial de Dolores condenó al médico por sus errores profesionales en el diagnóstico de una pequeña que finalmente murió después de 16 horas de producido el parto.
Los camaristas Francisco Agustín Hankovits y María Dabadie confirmaron el fallo de primera instancia y condenaron al obstetra, el hospital donde se produjo el nacimiento y a la Municipalidad de General Belgrano, a pagar una indemnización al matrimonio.
"De las mencionadas declaraciones se advierte que el obstetra dio por muerta a la niña, por cuanto ninguna atención le dispensó con posterioridad al parto", señala el fallo.
Al respecto, indicaron que es "elocuente" el "silencio que se desprende de la mencionada historia clínica donde no se advierte ninguna práctica médica que se le dispensase en orden a las indicadas por los peritos en su dictamen".
El hecho ocurrió el 28 de septiembre de 1997, cuando la mujer asistió al hospital y dio a luz a las 3:00 de la madrugada a una beba con escasas 24 semanas de gestación, y fue allí cuando el obstetra la dio por muerta y la colocó en una cuna térmica.
Mientras tanto, el obstetra se dedicó a atender a la madre quien sufría una hemorragia, y además había pasado por un hecho similar anteriormente.
Tras varias horas, distintos médicos y enfermeras del Hospital vieron a la beba en la cuna, "con un color pardo negrusco en ambos miembros inferiores", y que tenía una respiración irregular, con lo cual murió finalmente a las 19:00 de ese día.
"Entiendo que le asiste responsabilidad al galeno interviniente en cuanto al error en el diagnóstico al afirmar que la beba estaba muerta, si bien es cierto que como se dijera, por sus condiciones de pocas semanas de gestación, escaso peso, y complicaciones pulmonares no era aventurado suponer que su vida se extendería a horas, no es menos cierto que en dicho lapso cualquiera fuera su extensión, las condiciones de vida debían ser dignas y con los medios que a su alcance se le pudieran arbitrar", sentenció el juez de primera instancia.
En su descargo, el obstetra aseguró que no dio por muerta a la beba, ya que de lo contrario no la hubiera colocado en una cuna térmica, y adujo que falleció por "inmadurez fetal", algo que la sentencia misma da por probado al remarcar que no tenía ninguna posibilidad de vida.
Además, aseguró que su trabajo finalizó cuando advirtió sobre el nacimiento y la inviabilidad de la criatura al pediatra, quien pese a saber que era prematura sólo dio indicaciones telefónicas y no concurrió al hospital.
"En un recién nacido con estas características hubiera requerido de maniobras de reanimación complejas (intubación, canalización, adecuación metabólica, medio térmico adecuado, eventualmente asistencia ventilatoria mecánica, etc), prácticas que no surgen, ni de la historia clínica ni de las alegaciones efectuadas por las partes en sus escritos postularorios", entendieron los peritos.
"Del análisis de la historia clínica obrantes en autos, no surge que luego de producido el nacimiento, se le realizaran tratamientos acordes con su estado clínico", concluyeron según consta en el fallo al que tuvo acceso la agencia Noticias Argentinas.

LINK ORIGINAL.

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OJO CON LA TELEMEDICINA!!

Esta práctica que hace un tiempo se realiza en nuestra ciudad no tiene aval legal.

telemedicina

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domingo, 6 de junio de 2010

Sobre el aumento…

Acá dejo el acceso a la nota múltiple N° 49 de FEMEBA para que se pueda leer con tranquilidad. Atentos que hay un cambio en la distribución de la cápita!

nota49

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domingo, 30 de mayo de 2010

LA EDAD…

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miércoles, 19 de mayo de 2010

IOMA: multan al director de la obra social

LA PLATA.- El presidente del Instituto de Obra Médico Asistencial de la provincia de Buenos Aires (IOMA), Alberto Mazza, fue condenado por un juez platense a pagar de su propio bolsillo 1600 pesos de multa por el incumplimiento de una medida judicial que obligaba a esa obra social a brindar cobertura total a una nena con discapacidad neurológica.

La sentencia, dictada por el juez de La Plata Luis Arias, constituye uno de los primeros fallos del fuero contencioso administrativo bonaerense -que funciona desde febrero último-, por el que se condena a un funcionario público provincial.

Verónica Miguelez es docente y tiene una hija de tres años que padece encefalopatía con cuadriparesia espástica. La menor necesita una rehabilitación intensa; los profesionales que la asisten recomendaron realizarla en el Instituto Fleni de Escobar, ciudad donde viven. Pese a pesar de que la ley obliga al IOMA a prestar asistencia médica integral a sus afiliados discapacitados, Miguelez no obtuvo respuesta a su solicitud. Por eso resolvió presentar un amparo ante en la Justicia.

En marzo último, el juez Arias hizo lugar a ese recurso y obligó al IOMA a prestar "cobertura integral" del tratamiento y a proveer a la niña de la leche indicada por los médicos en 48 horas y bajo apercibimiento. Como la medida no se hizo efectiva, Miguelez volvió a recurrir a la Justicia. El juez intimó al IOMA a acreditar si había cumplido con la cobertura y la obra social respondió que había existido un error administrativo. Entonces, el magistrado apercibió a Mazza.

LinK original del diario La Nación.

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IOMA y la Agremiación Médica Platense acordaron aumento del 16%

Confirmando lo de ayer…

El presidente del IOMA, Antonio La Scaleia, confirmó que se llegó a un acuerdo con la Agremiación Médica Platense que consiste en un aumento del 16% en los honorarios médicos. La mitad será otorgada ese mes y el 8% restante en agosto, “cuando ya hemos recibido el aumento del personal público de toda la provincia”, aclaró el funcionario. Por el momento no varió el valor de los bonos de las categorías B y C que compran los afiliados.

En diálogo con Radio Provincia, Scaleia elogió la nueva conducción de la Agremiación Médica Platense y calificó de “histórico” el camino de diálogo que eligió la institución que nuclear a los profesionales.

Además, reveló que a partir de ahora comenzará la discusión sobre distintas prestaciones. “Agosto, septiembre y octubre serán meses para trabajar en la evaluación del nomenclador de las prestaciones, del reconocimiento de algunas tareas que realizan los profesionales… Ellos han solicitado la revaluación de los copagos y nosotros lo someteremos a la mesa de diálogo gremial”, puntualizó.

El titular del IOMA puso de relieve que la posibilidad de negociar que tiene el Instituto, “es fruto de la política del gobernador Scioli que hace que los aumentos salariales sean en blanco lo que permite que nuestra institución reciba el aporte necesario”.

Por último, Antonio La Scaleia, que es el médico personal de Alberto Balestrini se negó a comentar el estado de salud del vicegobernador porque “hemos tomado la decisión de regirnos por el parte médico para que haya una sola voz en la comunicación desde el punto de vista profesional”.

LinK original de infocielo.

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martes, 18 de mayo de 2010

Aumentos en La Plata…Por lo tanto seguramente nos tocará también…

Noticia de la página de la AMP.

Aumento del IOMA

En la Reunión de Consejo Ampliada del 17 de mayo, de la que participaron representantes del Colegio de Médicos, Sociedades Científicas, Asociaciones de Profesionales, Facultad de Medicina, Caja de Médicos y Médicos Independientes, se resolvió aprobar por unanimidad un incremento de honorarios médicos del 16% por parte del IOMA sobre el básico y que repercutirá en las demás categorías.

Este aumento sería retroactivo a partir del 1° de mayo y desdoblado acorde a las paritarias provinciales. Además, el médico se podría ver beneficiado con un porcentaje mayor si se acuerda un incremento en los copagos.
También se aprobaron por unanimidad subas de honorarios profesionales de diferentes obras sociales que rondan entre un 16 y 20%, en algunos casos en forma desdoblada.
En la Reunión se consensuó además encarar un trabajo en conjunto para mejorar y solucionar ciertas problemáticas del sistema de salud a mediano plazo. El Dr. Gonzalo Hernández, vicepresidente a cargo de la presidencia, destacó la necesidad de trabajar por la unidad médica y recuperar el rol social del médico a la vez que agradeció a todos los representantes de las instituciones médicas por volver a participar y apoyar la gestión de la Agremiación.

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Ahora habrá que esperar noticias desde FEMEBA…

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viernes, 7 de mayo de 2010

Video sobre prevención de accidentes.

Lo que vemos a diario…

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jueves, 6 de mayo de 2010

Renunció el presidente de la AMP

renuncio

Daniel Branne se alejó de la entidad gremial que nuclea a los médicos platenses. En su reemplazo asumió el vice, Gonzalo Hernández. Adujo que le quitaron autoridad.

La crisis institucional que venía soportando la Agremiación Médica Platense (AMP) decantó en la renuncia de su ahora ex presidente Daniel Branne, quien se alejó el miércoles último con una carta en la que explicó sus razones.

La noticia se conoció ayer, en momentos en que la entidad asiste a un conflicto salarial con sus trabajadores, y se prepara para las gestiones que realizará ante las obras sociales, en procura de un ajuste en los aranceles que perciben los galenos.

La dimisión fue aceptada por mayoría en una reunión de Consejo Directivo, que rechazó los términos en que fue presentada. Tal como lo establece el Estatuto, la conducción quedó a cargo del vicepresidente Gonzalo Hernández, que la ejercerá hasta la próxima asamblea anual ordinaria, prevista para octubre próximo.

En diálogo con Hoy, Branne explicó que el Consejo Directivo -dominado por colegas surgidos de la misma agrupación que lo había depositado en la presidencia- se venía oponiendo a sus propuestas. La gota que rebalsó el vaso fue el rechazo a su pedido de despedir al gerente y al contador.

El médico facilitó una copia de su carta de renuncia, en la que expresa textualmente lo siguiente: “El profundo análisis de los acontecimientos suscitados en las últimas semanas me ha convencido que mi continuidad en este marco institucional es inviable. El Consejo Directivo ha privilegiado el voto de una mayoría circunstancial en lugar del debate de ideas y del consenso propio de los espíritus democráticos”.

Agrega que “es evidente que mi fundada decisión de rescindir el contrato del Sr. Gerente ha precipitado los hechos”.

Explica que “es inadmisible que en una institución seria que maneja más de ciento cincuenta millones de pesos anuales, el gerente y el contador no cuenten con la confianza del presidente”.

Consultado al respecto, Hernández respondió que volverán a trabajar “para recuperar la unidad de los médicos”, y agregó que al Consejo no le pareció prudente despedir “por cuestiones subjetivas” a personas cuyos contratos vencerán en cinco meses. Consideró que el despido de esas personas hubiera colocado a la AMP en una situación de riesgo administrativo.

Respecto de los empleados que reclaman una recomposición salarial, la cancelación de una deuda que remite a 2008 y mejoras en el pago de tickets alimentarios, Hernández explicó que “comprendemos el reclamo, pero no compartimos la forma”. El lunes las partes se reunirán en el ministerio de Trabajo.
En tanto, sobre los pedidos de aumento en los honorarios médicos dijo que “justo por estos días se abren las negociaciones con el IOMA y el resto de las mutuales”.

Por su parte, Branne concluyó que su intención era lograr una reestructuración importante en lo administrativo y lo contable. Pero decidió presentar su renuncia “para distender los ánimos”.

 

Artículo en el diario Hoy de La Plata

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martes, 4 de mayo de 2010

Otra terapia para el alma.

Robado a Nano…

 

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sábado, 1 de mayo de 2010

Feliz día del trabajador!

Un día para festejar pero también para reflexionar sobre todos los trabajadores que perdieron la vida defendiendo  nuestros derechos,desde aquellos héroes de Chicago, pasando por nuestro Carlos Fuentealba, hasta cada uno de nosotros mismos, que desde el lugar que le corresponde hace lo que puede por mejorar las condiciones de trabajo, arriesgando la vida diariamente.

trabajamed

No nos olvidemos que la salud del médico como la de todos los trabajadores depende fundamentalmente del ambiente laboral y el trabajo ejercido; cada vez más el ámbito de nuestra labor es más hostil, estamos menos protegidos frente a todos los agresores,desde los biológicos a los sociales, y la expectativa de vida  que tenemos se encuentra entre las más bajas entre  todas las profesiones.Se impone hoy: luchar para declarar  la medicina como trabajo insalubre en todo el territorio nacional, lograr salarios dignos tanto en el ámbito estatal como en el privado, enfrentar los grandes negociados judiciales entorno a la praxis médica, respetar nuestras históricas condiciones éticas (pero seriamente), y  conseguir representantes gremiales que realmente nos representen.

Finalmente nada de esto es posible sin UNIÓN. Feliz día a todos los colegas!  

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lunes, 26 de abril de 2010

ALERTA DEL M.S.N:Encefalitis de St. Louis (SLE)

Hace unos días el Ministerio de Salud Nacional publicó el alerta:

“Ante la notificación de dos casos confirmados de infección por virus St. Louis en la ciudad autónoma de Buenos Aires y tres casos confirmados en la provincia de Buenos Aires, jurisdicciones donde hasta la fecha no se habían identificado casos, y teniendo en cuenta otros casos en estudio en varias provincias, la Dirección de Epidemiología de la Nación alerta a los profesionales de la salud y comunidad en general para optimizar la vigilancia y fortalecer las medidas de prevención de esta enfermedad”

LEER el Alerta completo y explicación de la enfermedad.

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viernes, 23 de abril de 2010

Chau chau adiós tensiómetro de mercurio!

 

esfingo

 

El mes que viene ya quedará vigente la prohibición de  la producción, importación, comercialización o cesión gratuita de esfigmomanómetros de columna de mercurio para la evaluación de la tensión arterial destinados al público en general, a la atención médica y veterinaria. 

RESOLUCION 274/2010 del MINISTERIO DE SALUD (M.S.)

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jueves, 22 de abril de 2010

La justicia de Dolores ordenó a IOMA cubrir tratamiento y medicamentos de hija de afiliada

Artículo aparecido en el Diario Compromiso de Dolores del día de hoy que me parece muy interesante, sobre todo la lectura del fallo en la parte que IOMA debe cumplir por ser estatal y el afiliado ser obligatorio.

justo

En un fallo reciente dictado por la titular del Juzgado Correccional nº 3 de Dolores, en el marco de un recurso de amparo presentado contra el IOMA, se ordenó a dicho Instituto a cubrir el tratamiento y los medicamentos de la hija de una afiliada dolorense.
La Dra. Analía Pepi indicó en su resolución, que una afiliada del Instituto de Obra Médico Asistencial había presentado por derecho propio y con el patrocinio de una Defensora Oficial ad hoc, promoviendo acción de amparo contra el IOMA, a fin de que la obra médica proveyera a su hija el tratamiento integral que su enfermedad requiere, dada la patología determinada, precisándose en la presentación, que la vía judicial elegida era la correcta, ya que por cualquier otra perdería la celeridad requerida para el caso.
Precisó la amparista que su hija padece trastorno bipolar y que necesita ser medicada con tres fármacos diarios, y que además el tratamiento debe ser integral, con la participación de un psicólogo y un psiquiatra.
El IOMA al contestar el informe que le fue requerido, reseñó los expedientes que se habían iniciado al respecto, considerando que no existía acto lesivo de su administración que pudiera dar lugar a la acción intentada; indicando asimismo, que la normativa nacional citada por la amparista en su demanda no era de aplicación al caso, y que el IOMA no estaba obligada a otorgar cobertura al 100% de la prestación objeto de amparo, conforme los aranceles que excedían sus normas.
La Juez luego de acreditar el vínculo de la recurrente con la persona que debe realizar el tratamiento; de haber acreditado la afiliación obligatoria de la amparista; la enfermedad y la medicación que debe recibir su hija; las cartas documento remitidas al IOMA y las respuestas de éste, consideró que en el caso “la vía de amparo era lo indicado, por cuanto el acto de la administración se convierte en arbirtrario, en tanto y en cuanto la Obra social demandada es una obra social del estado, el cual debe velar por la salud de bienestar de sus ciudadanos”, a lo que agregó, que la recurrente es afiliada obligatoria y según se desprendía de su recibo de sueldo, no podría abonar otra obra social, como tampoco podía afrontar los costos del tratamiento de su hija.
Por ello la Dra. Pepi consideró que el acto devenía en arbitrario en el caso específico, por la imposibilidad económica que se desprende de la prueba ofrecida por la actora y no cuestionada por la demandada.
Más adelante el fallo indica, “el derecho a la salud se encuentra amparado por los arts. 42 de la CN, en cuanto la demandada es usuaria de un servicio (Obra social) proveído en forma obligatoria por el estado, lo que lo convierte de hecho en monopólico, máxime en un servicio que se erige en protector de la salud, y que el art. 19 de la CN en un sentido amplio, protege la elección del médico de confianza, lo cual en una interpretación pro salud, y ha de atenderse que en cualquier enfermedad mental, la elección del psicólogo y/o psiquiatra, no puede medirse únicamente en conocimientos... sino también en lo que dado en llamarse feedback, o capacidad de transferencia, para que el tratamiento sea eficaz...”.
Finalmente la titular del Juzgado Correccional reconoció el derecho de la amparista a tener una cobertura integral del tratamiento que requiere su hija, por ser ésta afiliada obligatoria de IOMA, disponiendo obligar a la demandada a cubrir el tratamiento integral solicitado, que incluye la cobertura de la medicación como así también a la cobertura total del tratamiento psicológico y psiquiátrico que la misma requiere.

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lunes, 12 de abril de 2010

AHORA…FACEBOOK!

facebook

Bueno; como complemento del blog y para una comunicación más rápida y privada, lanzamos MEDICOS DE DOLORES en FACEBOOK; a sabiendas de que hay cosas que únicamente nosotros podemos leer aprovechamos otra arma “cibernética” para poder dialogar mejor.

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domingo, 11 de abril de 2010

IOMA : Afiliaciones de convivientes e hijos de éstos

Me pareció interesante publicar esta norma que antes se prestaba a dudas y ahora queda claramente definida. Siempre escucho las dudas de los pacientes con respecto a esto. En el anexo se muestran las condiciones necesarias.

IOMA : RESOLUCIÓN 98/2010- Nuevo régimen normativo regulatorio de las solicitudes de afiliaciones de convivientes e hijos de éstos

FUENTE: BOLETÍN OFICIAL DE LA PCIA DE BS.AS DEL 30/03/2010

Provincia de Buenos Aires
INSTITUTO DE OBRA MÉDICO ASISTENCIAL
Resolución Nº 98/10

La Plata, 25 de enero de 2010.

VISTO el expediente N° 2914-2784/05, iniciado por la PRESIDENCIA DEL IOMA, caratulado: “ELEVA ACTUACIONES ACOMPAÑANDO PROYECTO DE DECRETO QUE MODIFICA LOS ART. 18 Y 19 DEL DECRETO REGLAMENTARIO. DICHO PROYECTO TRATA SOBRE EL RECONOCIMIENTO DEL DERECHO DE LAS PAREJAS CONVIVIENTES A AFILIARSE A LA OBRA SOCIAL” y

CONSIDERANDO:
Que mediante el dictado de la Resolución Nº 247/07, se aprobaron los requisitos vigentes para el acceso y renovación anual de las afiliaciones previstas en el Artículo 19 incisos f) y l) del Decreto Nº 7881/84, reglamentario de la Ley Nº 6982 (modificado por Decreto Nº 2469/05);
Que en base a la experiencia recogida a partir de la entrada en vigencia del Decreto N° 2469/05 y de la Resolución N° 247/07, se ha observado que el circuito vigente conforme se encuentra estructurado, demanda un tiempo de resolución, que obviamente actúa en perjuicio del afiliado y que podría ser disminuido, suprimiéndose intervenciones que generan controles superpuestos;
Que asimismo resulta necesario ampliar los medios probatorios tendientes a acreditar la convivencia alegada, que a modo ejemplificativo consigna el punto 7 del Anexo 1 de la Resolución Nº 247/07;
Que en consecuencia, se propone la modificación del circuito administrativo y requisitos a cumplir para el trámite de las solicitudes de incorporación de convivientes e hijos de éstos, a cargo de beneficiarios directos del IOMA, conforme el proyecto agregado de fojas 121 a 126 por la Dirección de Relaciones Jurídicas;
Que la Dirección de Afiliaciones a fojas 129 entiende procedentes las modificaciones propiciadas;
Que no formula objeciones la Dirección General de Administración en su intervención de fojas 130;
Que el Honorable Directorio, en su reunión de fecha 16 de diciembre de 2009, según consta en Acta N° 50, RESOLVIÓ: Derogar la Resolución Nº 247/07 y aprobar el nuevo régimen normativo regulatorio de las solicitudes de afiliaciones de convivientes e hijos de éstos, que como Anexo formará parte del acto administrativo a dictarse;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 6982 (T.O. 1987).
Por ello,

EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE OBRA MÉDICO ASISTENCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. Derogar la Resolución Nº 247/07, por los considerandos expuestos.
ARTÍCULO 2º. Aprobar el nuevo régimen normativo regulatorio de las solicitudes de afiliaciones de convivientes e hijos de éstos, que como Anexo 1 integra la presente Resolución. Ello, por las mismas consideraciones expuestas.
ARTÍCULO 3°. Registrar. Comunicar a la Dirección General de Administración y a la Dirección General de Regionalización y por intermedio de éstas a la Dirección de Afiliaciones y Direcciones Regionales y Delegaciones del Instituto. Pasar para conocimiento de las restantes direcciones intervinientes. Publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.

Javier Mouriño
Presidente IOMA

Sigue…ANEXO

ANEXO 1

CAPÍTULO A

REQUISITOS PARA ALTAS DE AFILIACIONES DE CONVIVIENTES

Documentación que se deberá presentar (sin su presentación no se dará inicio al trámite):

1- Fotocopia de la credencial del afiliado directo, último recibo de sueldo o último pago de la cuota de afiliado voluntario, o verificación afiliatoria.
2.-Ficha afiliatoria completa.
3.- Fotocopia de D.N.I. del afiliado directo y su pareja conviviente (donde figuren todos los cambios de domicilio).
4.- Acta de matrimonio actualizada o sentencia de divorcio o testimonio de sentencia de divorcio, en caso de afiliados directos que posean cónyuge a cargo.
5.- Fotocopia de certificado de nacimiento de hijos en común, si los hubiere.
6.- Información sumaria testimonial producida con no más de tres (3) meses de antelación a la presentación.
7.- Constancia expedida por la ANSES de “Antecedentes Institucionales / Certificación Negativa”.
8- Medios de prueba tendientes a acreditar la efectiva convivencia. A título ejemplificativo se mencionan los siguientes, en los que deberá constar la fecha y el domicilio de alguna de las partes:

a) Fotocopia de DNI donde conste idéntico domicilio que el de la pareja conviviente.
b) Contrato de locación de vivienda familiar con fecha cierta (reposición fiscal o firmas certificadas),
c) Pólizas de seguro
d) Escritura pública de dominio de inmueble familiar.
e) Resúmenes de tarjeta de crédito y/o cuentas bancarias conjuntas.
f) Facturas de servicios públicos.
g) Informaciones sumarias testimoniales anteriores.
h) Inscripción en entidades de bien público (bomberos voluntarios, cooperadoras, etc.)
i) Contratos de servicios de emergencia
j) Historias clínicas,
k) Fichas odontológicas.
l) Cédulas de notificación, denuncias policiales, declaraciones juradas, telegramas.
m) Constancia de escolaridad de hijos menores.
n) Solicitud y/o factura de teléfonos celulares, cable, Internet, etc.
o) Cualquier otro medio de prueba fehaciente de naturaleza documental.
En todos los casos deberá constar el mismo domicilio que el afiliado titular.
Para el caso de tratarse de afiliados voluntarios individuales y colectivos a través de convenidos afiliatorios parciales, deberá además cumplirse los requisitos establecidos en la normativa vigente (régimen de afiliación voluntaria)

CAPÍTULO B

REQUISITOS PARA LAS AFILIACIONES DE LOS HIJOS DE LA PAREJA CONVIVIENTE

1- Fotocopia de la credencial del afiliado directo, último recibo de sueldo o último pago de la cuota de afiliado voluntario, o verificación afiliatoria.
2- Ficha afiliatoria completa.
3- Fotocopia de D.N.I. del afiliado directo y fotocopia de D.N.I de los hijos de su pareja conviviente.
4- Fotocopia de certificado de nacimiento del/de los menor/es a incorporar.
5- Constancia expedida por la ANSES de “Antecedentes Institucionales / Certificación Negativa”.
6- Información sumaria judicial certificando que el menor postulante convive con el afiliado directo. Esto podrá hacerse constar en la información sumaria que se presente con motivo de la solicitud de incorporación de la pareja conviviente, si ambas se tramitan simultáneamente.
Para el caso de tratarse de afiliados voluntarios, deberán además cumplir con los requisitos establecidos en la normativa vigente para dicho régimen.

CAPÍTULO C

CIRCUITO ADMINISTRATIVO PARA EL ALTA Y/O RECHAZO DE LA AFILIACIÓN DE CONVIVIENTES E HIJOS DE ÉSTOS

1- Los afiliados directos deberán presentar la documentación establecida en los capítulos A o B (según corresponda) en la Dirección Regional o Delegación correspondiente a su domicilio; o en el supuesto de afiliados voluntarios colectivos deberán realizarla por ante la entidad que los representa.
2- Las Direcciones Regionales o Delegaciones (o la Dirección de Afiliaciones en el supuesto de postulantes en el marco de convenios colectivos) no recibirán los trámites que no cumplan con el total de los requisitos prescriptos en el capítulo A, puntos 1 a 8 y los correspondientes a los afiliados voluntarios y capítulo B del presente.
Asimismo, la Dirección Regional o Delegación (o la Dirección de Afiliaciones en caso de postulantes en el marco de los convenios colectivos) deberá agregar certificado de estado afiliatorio del titular a fin de verificar que el mismo no tenga cónyuge u otro conviviente a cargo. De constatarse tal extremo rechazará la petición in límine.
3- En caso de admitirse el trámite, se certificarán las copias (por la persona autorizada) de toda la documentación allí indicada previo cotejo con sus originales o constatará que hayan sido certificadas por la Entidad correspondiente.
4- Para los supuestos de afiliados voluntarios individuales y colectivos parciales deberán cumplimentarse las etapas procedimentales establecidas en la normativa vigente correspondiente al régimen de la afiliación voluntaria, a excepción del cobro de la primera cuota carencia, la que deberá percibirse una vez otorgada la afiliación.
5- En los casos que la documentación respaldatoria fuera insuficiente para acreditar la antigüedad de la convivencia alegada (dos o cinco años según corresponda), deberá notificarse por medio fehaciente al afiliado o aspirante de que se trate, requiriéndose la presentación de mayor documentación dentro del plazo de treinta (30) días hábiles de notificado, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido de la petición y disponer el archivo de las actuaciones.
6- Cumplido con lo anteriormente referido, las Direcciones Regionales elevarán a la Dirección de Afiliaciones para la intervención que le compete. Al ingresar las actuaciones por el Departamento Mesa General de Entradas, Salida y Archivo, se procederá a su caratulación.
7- La Dirección de Afiliaciones se expedirá desde su competencia efectuando los controles de estilo y, en caso de no presentar objeciones procederá a dar el alta afiliatoria pertinente; de lo contrario remitirá las actuaciones a la Dirección General de Administración para que se expida conforme lo dispuesto en el punto 9 del presente.
8- Acreditada la convivencia, la Dirección de Afiliaciones según el tipo afiliatorio procederá a:

a) Afiliados obligatorios: incorporar en base de datos a la pareja conviviente e informar a la Dirección de Regionalización, a la Dirección Regional o Delegación de manera on line para que la misma emita la credencial. Asimismo ordenará el Archivo de las actuaciones.
b) Afiliados voluntarios individuales: comunicará la aprobación de la afiliación la Dirección Regional o Delegación de origen del afiliado directo, a efectos de cobrar la primer cuota carencia o continuidad según corresponda y dispondrá el Archivo de las actuaciones. Cumplido se continuará con el circuito habitual previsto para las afiliaciones voluntarias.
c) Afiliados voluntarios colectivos: grabar en base de datos y emitir credencial según las fechas de alta que correspondan en cada caso. Notificar a la Entidad para que proceda a actualizar las cuotas afiliatorias si así correspondiere.

9- No surgiendo elementos que permitan tener por acreditada la convivencia por el tiempo de ley, la Dirección de Afiliaciones elevará las actuaciones a la Dirección General de Administración, la que procederá al dictado del acto administrativo, que rechace la afiliación requerida, la que deberá notificarse al domicilio constituido por el afiliado directo en la actuación iniciada. Asimismo, remitirá las actuaciones a la Dirección o Delegación de origen a efectos de notificar el acto y una vez firme se remitirá a la Dirección de Afiliaciones para su Archivo.
10- En los casos de presentaciones efectuadas dentro de los diez (10) días posteriores a la notificación del acto administrativo que denegare la afiliación, deberá remitirse la actuación a la Dirección de Relaciones Jurídicas para la intervención de su competencia.

CAPÍTULO D

REQUISITOS PARA LAS RENOVACIONES DE AFILIACIONES DE CONVIVIENTES E HIJOS DE ÉSTOS

Documentación que se deberá presentar (sin su presentación no se dará inicio al trámite):
1- Fotocopia de la credencial del afiliado directo, último recibo de sueldo o último pago de la cuota del afiliado voluntario, o verificación afiliatoria.
2- Credencial del conviviente a cargo y de los hijos de la pareja conviviente a cargo, en el caso que los hubiese.
3- Ficha afiliatoria completa.
4- Constancia expedida por la ANSeS. de “Antecedentes Institucionales/Certificación Negativa”.
5- Declaración Jurada (conforme modelo del capítulo D del presente Anexo).

CAPÍTULO E

CIRCUITO ADMINISTRATIVO PARA LA RENOVACIÓN DE LAS AFILIACIONES DE CONVIVIENTES E HIJOS DE ÉSTOS

1- Los afiliados directos deberán presentar la documentación establecida en los Anexos 3 y 4 en la Dirección Regional o Delegación correspondiente a su domicilio; o en el supuesto de afiliados voluntarios colectivos deberán realizarla por ante la entidad que los representa.
2- Las Direcciones Regionales, Delegaciones y la Dirección de Afiliaciones en el supuesto de postulantes en el marco de convenios colectivos, rechazaran los tramites que no cumplan con el total de los requisitos establecidos en el punto l de los Anexos 1 y 2 de la presente, y certificaran las copias de toda la documentación allí indicada previo cotejo con sus originales o constatara que hayan sido certificadas por la Entidad correspondiente.
3- Presentada la documentación y tenida por acreditada la convivencia, las Direcciones Regionales, Delegaciones o la Dirección de Afiliaciones (conforme el lugar donde se hubiere iniciado el tramite) procederán a :

* Afiliados Obligatorios: Emitir la credencial provisoria y remitir la ficha afiliatoria a la Dirección de Afiliaciones.
* Afiliados Voluntarios: Confeccionar boleta de pago de continuidad afiliatoria o de carencia según corresponda y remitir la ficha afiliatoria a la Dirección de Afiliaciones.
* Afiliados voluntarios colectivos: La Dirección de Afiliaciones procederá a la renovación.

4- Recibida la ficha afiliatoria, la Dirección de Afiliaciones procederá a :

* Afiliados obligatorios: incorporar en base de datos la renovación de la afiliación de la pareja conviviente, y emitir credencial afiliatoria que será remitida a la Dirección Regional o Delegación de origen;
* Afiliados voluntarios individuales: cargar en base de datos la renovación y continuar con el circuito habitual previsto para las afiliaciones voluntarias.

CAPÍTULO F

DECLARACIÓN JURADA

(Renovación afiliatoria artículo 19 incisos f) y l) del Decreto N° 7881/84)

En la ciudad de …………………….. a los …… del mes de ……………………. de 20.., comparecen el/la Sr./a (afiliado directo) …………………………………………. afiliado/a N° …………………, quien acredita identidad con D.N.I. ………………….. y el Sr./a (afiliado indirecto) …………………………………………………. afiliado/a N° …………………………. quien acredita identidad con D.N.I. ……………………………. manifestando ambos que se encuentran actualmente domiciliados en la calle ………………………. N°………. de la localidad de …………………………………………., partido de ………….. quienes suscriben la presente declaración jurada a fin de acreditar que ha convivido en aparente matrimonio de manera permanente y bajo un mismo techo, durante el último año y hasta el día de la fecha.

Nombre y Apellido del Conviviente:
D.N.I.

…………………………………………………….
…………………

Nombre y apellido de los hijos a
D.N.I

Cargo de la pareja conviviente:

…………………………………………………………
……………………….

…………………………………………………………
……………………….

…………………………………………………………
………………………..

…………………………………………………………
……………………….

Por la presente queda notificado/a que la falsedad de los datos expresados en esta declaración jurada producirá la revocación de la afiliación del conviviente y de las que en su consecuencia se hayan otorgado, como así también, la aplicación al afiliado/a directo/a de la sanción impuesta por el artículo 7 de la Ley N° 6982 (T.O. 1987) y su Decreto Reglamentario N° 7881/84, la que se transcribe a continuación:

Artículo 7 inc. h) (Ley 6982): “El Directorio tendrá los siguientes derechos y obligaciones: (…) H) Sancionar, previo sumario, a los afiliados, profesionales y servicios adheridos sin perjuicio de los dispuesto en el art. 73 del Código de Procedimiento en lo penal. Las sanciones serán publicadas en el Boletín Oficial y la prensa de las localidades respectivas”.
Artículo 7 inc. h) 1. (Dec. Regl. 7881/84): “El Instituto ejercerá el poder sancionatorio conferido por el artículo 7 inc. h) de la Ley, mediante la aplicación de las sanciones que a continuación de mencionan: … B) Sanciones a aplicar ante irregularidades graves cometidas por … afiliados: … Suspensión de los beneficios al afiliado por mas de treinta (30) días y hasta un plazo máximo de dos (2) años y Exclusión definitiva, … 6. Se consideraran Irregularidades graves en que pudieran incurrir los afiliados, las que a continuación se mencionan: … d) La falsedad o alteración dolosa en la declaración de los familiares a cargo y/o acreditación de sus ingresos y/o relación laboral”

Firma afiliado directo                                   Firma afiliado indirecto

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