viernes, 11 de septiembre de 2009

Amparo por medicamento al IOMA

Me resultó interesante mostrar el artículo salido en el día de ayer en el diario Compromiso de nuestra ciudad, que transcribo textualmente.

compromis

Ordenan a IOMA entregar medicamento en 24 horas a un afiliado

 

En un pronunciamiento judicial ordenado anteayer por la Juez de Garantías del Joven, Dra. Fernanda Hachmann, se hizo lugar a una acción de amparo promovida por una afiliada al IOMA para que le sea entregado en el término de 24 horas un medicamento prescripto para un hijo de la accionante.
En la resolución a la que accedió este diario, la Dra. Hachmann consideró que “Atento la interposición de la presente acción de amparo promovida (...) con el patrocinio letrado del Dr. Daniel Repetto, TENGASE por promovida formal acción de amparo en los términos de la ley 13.928 y ley 7166 en lo que no fuera materia de modificación por la primera norma, y supletoriamente tramite según las normas del proceso sumarísimo (arts. 321 y concds. del CPCC)”.
La jueza añadió que “En mérito a la petición de medida cautelar peticionada por el amparista, teniendo en consideración que en materia de medidas cautelares debe primar un espíritu amplio” (...) y “que es obligación del Estado proveer para debida realización, acorde a los parámetros constitucionales –en especial el derecho a una vida digna-, encontrándose asimismo acreditados los extremos que hacen a su concesión, ello por cuanto sin perjuicio del resultado definitivo del presente proceso, se encuentran acreditadas la verosimilitud del derecho invocado y el peligro en la demora, DECRETASE LA MEDIDA CAUTELAR INNOVATIVA PETICIONADA debiendo el demandado INSTITUTO DE LA OBRA MEDICO ASISTENCIAL (I.O.M.A) proveer a la amparista (...) del medicamento denominado comercialmente QUETIAZIPC 25 MGS, la cual deberá ejecutarse dentro del término de VEINTICUATRO HORAS de notificada la presente, y mantenerse en forma plena e inalterada, continua e ininterrumpida, cubriendo las necesidades de setenta y cinco pastillas al mes, previa caución personal de la amparista, suficiente a juicio de la suscripta, para responder eventualmente a las costas y daños y perjuicios que la medida pudiere ocasionar en caso de haberse pedido sin derecho”.SIGUE...
También la magistrada dispuso convocar a las partes “a AUDIENCIA en sede del Juzgado de Garantías del Joven Nº 1 sita en calle Pellegrini Nº 19 de esta ciudad de Dolores, para el día LUNES 14 de setiembre de 2009 a las 10,00 horas a fin comparézca el amparista y su letrado patrocinante, Representante legal del Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA) y representante legal de la Fiscalía de Estado, atento el carácter de organismo público que detenta el demandado”.

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